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Ley de responsabilidad parental y pensiones de alimentos: un cambio relevante en la protección de las familias.

La Ley 21.484, que entrará en vigencia el 20 de mayo, marca un hito importante en el ámbito del derecho de familia y en particular en el sistema de pensiones de alimentos. Esta nueva ley trae consigo modificaciones sustanciales que amplían las posibilidades de recaudación efectiva de las deudas por concepto de pensión alimenticia. En este artículo, exploraremos los principales cambios introducidos por esta ley y su impacto en la protección de los derechos de los hijos e hijas y cónyuges beneficiarios.

Una de las novedades más significativas de la Ley 21.484 es la ampliación de los fondos económicos sobre los cuales se pueden aplicar medidas cautelares y procedimientos destinados al cobro compulsivo de las deudas por pensión de alimentos. Esto implica que ahora se pueden retener los fondos que el alimentante tenga en cuentas bancarias, otros instrumentos financieros o de inversión, proporcionando así más opciones para asegurar el cumplimiento de las obligaciones alimentarias.

Retención de fondos de las cuentas de capitalización individual para las pensiones de vejez: Otro aspecto importante de esta nueva ley es la posibilidad de retener fondos de las cuentas de capitalización individual destinadas a las pensiones de vejez. Esto representa un avance significativo en la protección de los derechos de los hijos y cónyuges beneficiarios, ya que se establece una alternativa adicional para garantizar el pago efectivo de las pensiones de alimentos.

Adaptación del Código Civil a la nueva regulación: La Ley 21.484 también incluye modificaciones al Código Civil con el objetivo de adaptarlo a la nueva regulación. Estas modificaciones buscan fortalecer la protección de los derechos familiares y establecer disposiciones claras en cuanto a la responsabilidad parental y el pago de pensiones de alimentos.

La entrada en vigencia de la Ley 21.484 marca un importante avance en la protección de los derechos de los hijos y cónyuges beneficiarios en casos de pensiones de alimentos. Las nuevas disposiciones, que amplían las posibilidades de recaudación y establecen medidas más efectivas, son un paso significativo hacia un sistema más justo y equitativo para las familias.